Estimados/as Sres. Oficiales Socios de ANOP
Informamos a Uds., que el día de hoy de manera conjunta con el Directivo Regional de ANOP en la Región de Aysén, se sostuvo una audiencia con el Contralor Regional de esa zona, a raíz del Oficio N° 4257/2019, referente a la Asignación de Turno cuestionada a una de nuestras Oficiales socias, ello en virtud de una denuncia con reserva de identidad, acción que con la intencionalidad de perjudicar a una oficial, pudiese traer consecuencias incalculables en las remuneraciones y beneficios previsionales de todos/as los/as funcionarios/as independientemente a la planta que pertenezcan.
Al respecto dicha autoridad manifestó que el referido oficio tiene como base la Jurisprudencia del dictamen N° 2805/2019 del Contralor Generalde la República, el que en síntesis señala que con el cumplimiento de la jornada ordinaria de 08:30 a 17:18 horas se carece del derecho a percibir la Asignación de Turno, al no estar sujetos a un sistema de turno distinto a la jornada laboral ordinaria.
En tal sentido se hizo presente que los Oficiales Penitenciarios que cumplen labores en otros recintos distintos a las unidades penales, efectúan funciones adicionales la jornada habitual relativas al control de los recintos penales y especiales de la jurisdicción donde desempeñan sus funciones.
Sin embargo, cabe señalar que dado el criterio de la Contraloría, resulta complejo para quienes sólo cumplen con la jornada mínima de lunes a viernes, lo que se vería agravado dado el carácter de ser una asignación imponible para efectos de cotizaciones de salud, pensiones e inclusive para la bonificación de la ley 19.998, principalmente al personal de otras plantas, en que sus remuneraciones con esta asignación alcanzan las 60 UF, que al restarse afectaría su total imponible.
Conforme a lo señalado se solicitará la reconsideración del oficio a la Contraloría, a fin de tratar de revertir el criterio, sin perjuicio de todas las acciones administrativas relacionadas con la fijación de turnos que hagan cumplir los requisitos exigidos en la ley.
Atte.
Directiva Nacional de ANOP.