Estimados/as SS.OO socios de ANOP.
Junto con saludarlos/as, por medio del presente informamos a Uds., tal como se lo hubiéramos señalado el pasado día 30 de Julio del año en curso en torno a acciones desarrolladas por otras organizaciones gremiales en contra de nuestros asociados las cuales indicábamos que se han tornado recurrentes en donde sin mediar un proceso justo y transparente, sino que por medio de una acusación unilateral en muchas ocasiones infundadas y torcidas mañosamente, buscan presionar a las autoridades regionales para que dispongan cometidos funcionales en otros establecimientos lo que ciertamente afecta derechos constitucionales de nuestros asociados.
En tal sentido, resulta conveniente señalar que si bien es cierto reconocemos las facultades de las autoridades regionales para disponer este tipo de medidas, estas NO pueden ser utilizadas a petición de partes, caso contrario se estaría incurriendo en una desviación del poder y en tal sentido nos vemos en la obligación de ejercer todas las acciones necesarias con la finalidad de restablecer el imperio del derecho, tal es así que el pasado día 05 de Noviembre del año en curso, la Ilustrisima Corte de Apelaciones de La Serena, se pronunció a través de un Recurso de Protección interpuesto por nuestra organización dejando sin efecto la Resolución que dispuso este tipo de medidas en el E.P Concecionado de La Serena, por lo que el Oficial involucrado debió retornar a cumplir sus funciones de manera normal.
Finalmente, les podemos señalar que habiéndose resuelto en sede judicial estaremos muy atentos a lo que se resuelva en sede administrativa, esperando que de las autoridades regionales actúen con absoluta independencia y sin presiones de ningún tipo, por cuanto de establecerse el sobreseimiento de nuestro asociado, ejerceremos todas las acciones necesarias para que se establezcan las responsabilidades de quién o quienes llegara a corresponder.
Atte.
Directorio Nacional ANOP.