Estimados/as Sres/as. Oficiales Socios de ANOP:
Junto con saludarlos/as, informamos a Uds., que con fecha 20 de Noviembre del año en curso, los Ministros integrantes de la Tercera Sala de la Ilustrísima Corte Suprema, acogieron un Recurso de Protección que interpusiéramos de manera conjunta con la Directiva Regional de ANOP Biobío en favor del Director Regional de Gendarmería de Chile, el Coronel Sr. A. Diter Villarroel Montecinos, lo anterior obedece a una serie de publicaciones que habría realizado a través de la red social Facebook por medio de la cuál el Dirigente Provincial de ANFUP, Suboficial Don Óscar Martínez Fredez en las que utilizó expresiones en su contra tales como “sin vergüenza”, “pésima administración”, “inoperante”, “nefasto” y “jefe como éstos” para referirse a nuestro asociado.
Según se estableció en la sentencia “estas expresiones no tenían un afán informativo o de opinión, sino más bien el ánimo de acosarlo y un afán de figuración para aparecer ante sus pares como un dirigente preocupado, cuestión que en la práctica no era efectiva porque lo que realmente se advirtió en su actuar fue una motivación más bien personal que gremial y con ello se vulneraron las garantías fundamentales previstas en el artículo 19 N°1, 4 y 24 de la Constitución Política de la República”.
En consecuencia, el máximo tribunal ha través de la resolución que acompañamos dispuso eliminar las publicaciones denunciadas en autos de todo tipo de registro en la plataforma digital Facebook de su perfil personal.
Creemos que esta sentencia constituye un avance significativo en este tipo de materias por cuanto este tipo de prácticas en ocasiones se han tornado recurrentes en contra de la oficialidad, con manifestaciones ofensivas, descalificativas e irresponsables, exponiendo públicamente a nuestros asociados sin mediar que detrás de la función que nos corresponde desarrollar existe un grupo familiar que también tremendamente afectados por este tipo de manifestaciones.
Atte.
Directorio Nacional ANOP.